21 jul 2017

MARÍA CRISTINA DE BORBÓN, LA LEY SÁLICA Y LA PRAGMÁTICA SANCIÓN

El resultado de todas estas intentonas revolucionarias fue el de varios centenares de fusilamientos.  En 1829, Fernando VII quedaba viudo, y en este mismo año se aprestaba a contraer matrimonio (cuartas nupcias) con su joven y atractiva sobrina María Cristina de Nápoles.  El rey no había tenido descendencia de sus tres matrimonios anteriores; por tanto, hasta ese momento, el sucesor era Carlos María Isidro de Borbón, en torno al cual se agrupaban los realistas puros, quejosos ellos del aperturismo del gobierno de Fernando VII.  María Cristina no dejará al rey un heredero, sino dos hijas: Isabel y Luisa Fernanda.
El problema dinástico se planteó una vez que la reina quedó embarazada.  Las leyes de las Partidas que regían la sucesión daban preferencia a las mujeres en ausencia de herederos varones en igual grado de parentesco por consanguinidad.  Por otra parte, estaba la ley sálica, introducida por Felipe V en 1713, que excluía a las mujeres siempre que en rama directa o colateral hubiera descendencia masculina.  En 1789, Carlos IV reinstauró las leyes originales de las Partidas en la Pragmática Sanción, aprobada por las Cortes, pero no publicada en la Novísima Recopilación (el Boletín Oficial del Estado de la época).  En 1830, Fernando publica la Pragmática Sanción derogatoria de la ley sálica.  Esta decisión constituye la base jurídica de la primera guerra carlista; pero, en cualquier caso, el problema jurídico no es sino el pretexto que sirve para desencadenar el conflicto que existía entre dos tendencias políticas y, aun más, entre dos grupos sociales que no aceptaban convivir.  De hecho, la primera guerra carlista es, fundamentalmente, un tardío combate en defensa de las estructuras socio-económicas del antiguo régimen, que en España había pervivido gracias al absolutismo fernandino.
El punto más débil (jurídicamente hablando) de la causa isabelina eran que don Carlos había nacido un año antes de que las Cortes aprobaran la Pragmática Sanción en 1789; por tanto, su derecho era anterior y no podía ser anulado por la Pragmática.  Dicha Pragmática, aunque publicada durante la Guerra de la Independencia, no constaba en la Novísima Recopilación, y, por tanto, los españoles, hasta 1830, creían que el infante don Carlos contaba con derechos válidos.
Los puntos débiles de la causa carlista son éstos: la Pragmática Sancion de 1789 tenía el consentimiento de la nación en las Cortes, mientras que el Auto Acordado (ley sálica) de 1713 era un simple decreto real.  Para un partido tradicional era un mal argumento preferir el derecho de la familia Borbón a las partidas medievales.
El 13 de septiembre de 1832, en La Granja, Fernando VII sufría un grave ataque de gota, temiendo el médico Aso que el rey se le quedase en los brazos.  Ante esta situación tan delicada se reúnen los ministros para tratar de los graves problemas que se plantearían en España en el momento en que el rey dejara de existir.  En la corte se rumoreaba que Carlos protestaría la validez de la Pragmática; por ello, el ministro de la Guerra, Zambrano, marchó a Madrid para estar pendiente de todo lo que pudiera perturbar la paz y la tranquilidad en la capital y en la monarquía.
Los partidarios políticos de la reina estaban en Madrid; Cristina se vio sola y obligada a derogar la Pragmática Sanción ante la presión y amenazas de Carlos de una guerra civil si mantenía el derecho de su hija a la muerte del rey.  La noticia de la denegación de la Pragmática Sanción se extendió con rapidez, causando una gran expectación.  La actuación de los elementos favorables a la defensa de los derechos de la infanta Isabel, la llegada de Luisa Carlota, hermana de María Cristina, y la recuperación del rey, señalan el proceso de vuelta sobre su anterior decisión y de reconocer los derechos de su hija, cosa muy natural.  Esta revisión conducía también a una total modificación de los ministros.  El 1 de octubre, el gobierno en pleno fue destituido por otro encabezado por Cea Bermúdez.  Esta crisis representa un cambio de tendencia, por cuanto los partidarios de María Cristina neutralizan la fuerza de don Carlos abriendo las puertas a los enemigos del Carlismo.  Este gabinete resolverá también el problema sucesorio apoyando firmemente a la hija de María Cristina, la futura Isabel II.  De estos contratos, basados en la fórmula "ayudadme, que os ayudaré", surge el Partido Cristino.

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