23 dic 2017

LA BURGUESÍA AL ASALTO DEL PODER (2): EL GOBIERNO DE MARTÍNEZ DE LA ROSA

Como Martínez de la Rosa entendía por "defensa de la utilidad pública" la defensa de los intereses sociales existentes, el Estatuto Real de 1834 sancionará la reconciliación entre progreso y tradición, entre libertad y orden.  Todo él está bañado en el conservadurismo histórico de Jovellanos, ideas francesas y utilitarismo inglés asimilados por los emigrados españoles en París y Londres, porque no se olvide que la Constitución "segura" de 1834 era obra de emigrados liberales amnistiados.  A estos hombres no les parece aplicable ni les gustaba la Constitución gaditana, cosa lógica, ya que el Estatuto, a diferencia de la Constitución de 1812, no había sido creado por las Cortes.
Los liberales moderados, está claro, propugnaban un régimen basado en una doble soberanía con entronque histórico: "Rex" y "regnum", rey y Cortes.  Esta ficción histórica dejaba fuera de combate a los absolutistas (la Constitución es un regalo del rey) y a los liberales progresistas (los poderes constituyentes residen en la nación).  Establecía el Estatuto dos cámaras: el Estamento de Próceres o Cámara Alta, y el Estamento de Procuradores, o Cámara Baja.  Era un bicameralismo: una de ellas reservada a la nobleza, alto clero y grandes propietarios, y la otra "democráticamente" obtenida mediante el voto indirecto y restringido.
En resumen: una Constitución que no fuese aprobada por las Cortes, un ejecutivo fuerte, una carencia de iniciativa legislativa, un sistema censitario estrecho mal podían ser tolerados por los liberales progresistas.  Como había ocurrido durante el "Trienio Liberal", el liberalismo se escinde en radical y conservador, dando lugar a los partidos progresista y moderado.
Los moderados, oligarcas del liberalismo, estaban representados por terratenientes, aristócratas como Miraflores, funcionarios de carrera como Javier de Burgos, abogados de esos terratenientes y aristócratas, antiguos afrancesados militantes en el periodismo.  Algunos de los moderados más famosos habían sido "doceañistas" o colaboradores en el pronunciamiento de Riego: Martínez de la Rosa, Alcalá Galiano, Istúriz...
En la Navidad de 1834 una segunda amnistía devolvía a España otra riada de liberales.  Estos liberales, en los que todavía obra la Constitución gaditana, se preguntan por la soberanía nacional y la garantía de los derechos individuales.  El Estatuto carece de afirmaciones rotundas y ha escamoteado una serie de cosas que los principios modernos del debate público y la prensa  libre no pueden silenciar.  Los exaltados, dueños de la calle y de las sociedades secretas, no pueden tolerar la herencia molesta de la "moderación".  Irrumpirán en la vida política, se harán con el poder (ni moderados ni exaltados han conquistado el poder, lo han recibido por el simple desmoronamiento del régimen absoluto) y sustituirán el Estatuto Real por la Constitución de 1812, acusa considerables rectificaciones: es bicameral, robustece los poderes de la Corona y cambia el sistema electoral.  Era una Constitución muy morigerada y que hubiera podido armonizar a la familia liberal reunida en un partido único.
Aparte del principio de la soberanía nacional y el reconocimiento de unos derechos individuales, los progresistas son legitimistas de la revolución al considerarse exclusivos representantes de la voluntad popular; por ello, si se les negaba el acceso al poder, podían llamar al pueblo a las armas para recuperar la soberanía.  No comprendían (tampoco los moderados) las normas del turno de partidos en un sistema constitucional maduro, y su táctica del derecho a la rebelión legal es la que les dará el poder en 1835,1836 y 1840.  Era en realidad la única forma, ya que no contaban con la corte, ni con el campo, ni con la opinión conservadora.

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